martes, 19 de mayo de 2009

El PST - Procedimiento Simplificado de Tributación

El PST
Anuestro entender el Sustituto del RES, una copia fidedigna pero mas Sofisticada.
Con este nuevo método la DGII busca facilitar el cumplimiento tributario de los medianos y pequeños contribuyentes, sean personas jurídicas o personas físicas, y que permite liquidar el Impuesto sobre la Renta (ISR), en base a sus compras y/o ingresos, así como pagar el Impuesto sobre las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) en base al valor agregado bruto.
.
Quienes se pueden acoger
a) Los contribuyentes Personas Físicas y Jurídicas del sector Comercial de Provisiones al por mayor y detalle y las Pequeñas Industrias, cuyas compras sean de hasta treinta millones de pesos (RD$30,000,000.00) anuales, tales como: colmadones, almacén de provisiones, farmacias, panaderías, entre otros.
b) Los contribuyentes, personas físicas o negocios de único dueño sin contabilidad organizada, cuyos ingresos no superen los seis millones quinientos treinta y dos mil ochocientos pesos (RD$ 6,532,800.00) anuales, tales como: colmados, salones de belleza, profesionales liberales (abogados, médicos, odontólogos, contadores) y otros.
c) Los contribuyentes que actualmente están acogidos al Régimen de Estimación Simple (RES), quienes deberán acogerse a uno de los dos métodos del PST, o pasar al régimen ordinario.
.
Ventajas de acogerse al PST
No requieren contabilidad organizada
No pagan anticipos del ISR
No pagan Impuesto a los Activos
Disponen de acuerdo de pago automático para el ISR (3 cuotas para Compras y 2 cuotas para Ingresos)
Los primeros seis (6) meses del año no tienen que pagar ISR
No tienen que remitir las informaciones de Comprobantes Fiscales en sus compras y ventas del año anterior.
.

lunes, 18 de mayo de 2009

ONAPI eliminara las abreviaturas a nombres comerciales (Resolucion 32-2009)

La Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI)
Informó quienes quieran eliminar de sus nombres comerciales las abreviaturas SA, equivalente a Sociedad Anónima, y C por A, Compañía por Acciones, sólo deberán formular su solicitud por escrito y abonar una tasa de RD$ 1,500.00 (mil quinientos pesos).


La medida, que permite estos cambios, fue aprobada mediante la resolución número 32-2009, que entró en vigencia el 1 de abril del año en curso, con el interés de facilitar a los titulares de nombres comerciales y a todos los sectores comerciales, el proceso de adecuación o transformación de las sociedades comerciales establecida por la Ley número 479-08, relativa a la Ley General de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, promulgada en diciembre del 2008 por el Poder Ejecutivo.
.
Mas Detalles:

Norma General No. 05-2009

NORMA GENERAL SOBRE REGISTRO NACIONAL DE CONTRIBUYENTES E IMPLEMENTACION DE LA LEY DE SOCIEDADES.

Saludamos la disposición mostrada por la Dirección General de Impuestos Internos que mediante la norma No , 05-2009, emitió un reglamento para facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de lo establecido en la ley 479- 08.

Mas Detalles:
Norma General No. 05-2009

lunes, 23 de marzo de 2009

Nueva medida para la emisión de Facturas

La DGII anunció una nueva medida de facturación para todos los contribuyentes que se dedican a la prestación de servicios profesionales, ya sean Personas Físicas o Jurídicas, quienes deberán facturar con Comprobante Fiscales para Consumidores Finales cuando presten servicios a empresas o personas no registradas en República Dominicana.

  • La misma va dirigida especialmente a las oficinas de consultores económicos, legales y financieros que prestan servicios a empresas extranjeras no registradas en República Dominicana.

La Norma General 04-2009, indica que las facturas deberán realizarse en un formato único que indique el Nombre o Razón Social y Registro Nacional de Contribuyente (RNC) del emisor, el Número de Comprobante Fiscal (NCF) para Consumidor Final, fecha de emisión, nombre del beneficiario y valor facturado.

Según la DGII, esta medida busca eliminar la práctica de algunas oficinas de consultoría de no reportar para fines del Impuesto Sobre la Renta los ingresos que se obtienen por la prestación de los servicios de consultoría a empresas no registradas en República Dominicana.

Esta Norma General considera como servicios profesionales los realizados como:

***Asesorías.
***Gestión de negocios no relacionados con ventas de bienes.
***Representación.
***Asistencia técnica en todas las áreas del saber.
***Cualquier otro tipo de actividad que conlleve la aplicación de conocimientos técnicos o profesionales, siempre que no estén asociados a la transferencia de bienes.

Nota: Las sanciones de no cumplir con esta disposición van desde multas por la violación a los deberes formales hasta la sanción del 0.25% de los ingresos declarados en el período fiscal anterior, atendiendo a lo establecido por la Ley 495-06 de Rectificación Tributaria.

Vea: Norma General 04-2009

La tasa de interés "Bajaron" R.D.

La Asociación de Bancos Comerciales de la República Dominicana (ABA) informó que la tasa de interés promedio ponderada de los préstamos bancarios ha disminuido en dos meses 3.4 puntos porcentuales. "Estos datos, pueden ser comprobados en las estadísticas del Banco Central, disponibles en la página de Internet de esta institución".

En una declaración escrita, la ABA dijo que el descenso es producto del movimiento desde 25.2%, en enero del 2009, al 23.4% en febrero y al 21.8% en promedio, a mediados de marzo del año en curso.
.
Préstamos hipotecarios
Encuanto a los préstamos hipotecarios para la vivienda, los datos publicados muestran que esta tasa también ha ido disminuyendo.

Los préstamos hipotecarios para la vivienda otorgados por los bancos múltiples en enero del año en curso, fueron a una tasa cercana al 22% y a mediados del presente mes, el promedio de dichas tasas se situaba ligeramente inferior al 20%.
  • Por su parte el Banco Central
Atraves de su Gobernador,el Señor Héctor Valdez Albizu, señaló que la tasa de interés promedio ponderada para préstamos (tasa activa) se ha reducido en 2.15 puntos porcentuales, al pasar de 23.94% en diciembre de 2008 a 21.79% al 12 de marzo de 2009.

Asimismo, indicó que las tasas para préstamos al comercio se han reducido en 2.31 puntos porcentuales, al pasar de 23.47% a 21.16%.

Además informó que las tasas para préstamos hipotecarios se han reducido en 2.37 puntos porcentuales, al pasar de 22.24% a 19.87%.

También dijo que las tasas para préstamos al consumo se han reducido en 1.91 puntos porcentuales, al pasar de 27.88% a 25.97%.

Agregó que del mismo modo, las tasas de interés para la captación de depósitos a plazos y certificados financieros (tasa pasiva) se han reducido en 2.14 puntos porcentuales, al pasar de 13.49% en diciembre de 2008 a 11.35% al 12 de marzo de 2009.

Consideró que “estas disminuciones en las tasas de interés apenas marcan el inicio de una baja sustancial en el costo del dinero que deberá consolidarse en las próximas semanas”.

"La tasa de interés es el
porcentaje al que está invertido un capital en una unidad de tiempo, determinando lo que se refiere como "el precio del dinero en el mercado financiero". Fuente Wikipedia.

sábado, 21 de febrero de 2009

Instructivo para la Adecuación de su Empresa a la Nueva Ley 479-08

La Cámara de Comercio y Producción de la República Dominicana, público el instructivo según lo dispuesto en el articulo 523, Párrafo II de la Ley, que contine los criterios y parametros que normaran el proceso de Adecuación y Trasnformación de Sociedades Comerciales.

Instructivo Proceso de Adecuación y Transformación (Ley 479-08)