jueves, 12 de febrero de 2009

Nueva Escala para la aplicación del ISR

El Salario exento de Impuesto Sobre la Renta sube a RD$27,525.08 mensuales .

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) dio a conocer las nuevas escalas que regirán este año para la aplicación del Impuesto Sobre la Renta en las que quedan exentos del gravamen los ingresos mensuales de las personas físicas de hasta RD$27,525.08.Es decir, RD$1,190.33 más que el salario exento de 2008.

Asimismo, la DGII informó que el Multiplicador del Ajuste por Inflación para el ejercicio fiscal terminado al 31 de diciembre de 2008, será de 1.0452, dando cumplimiento así con lo establecido en el Artículo 327 del Código Tributario de la República Dominicana y el 105 del Reglamento No. 139-98 del Impuesto Sobre la Renta.

Este multiplicador se establece según las informaciones suministradas por el Banco Central de la República Dominicana.

Los Tramos de la Escala Impositiva Anual que empesaron a regir a partir del 1ero. de enero de 2009, son los siguientes:
El ajuste de los Tramos de la Escala Impositiva es el resultado de la aplicación del multiplicador de la inflación, calculado en base a la tasa de inflación determinada por el Banco Central de la República Dominicana.

En cumplimiento con las disposiciones establecidas en el Artículo 293 del Código Tributario de la República Dominicana y los Artículos 108 y 109 del Reglamento No. 139-98 del Impuesto Sobre la Renta, Impuestos Internos informó que para realizar las diferencias cambiarias del ejercicio fiscal cerrado al 31 de diciembre del 2008, las tasas de cambio que deberán utilizarse, según información suministrada por el Banco Central de la República Dominican, serán de: 35.39 de pesos a dólares y 48.12 de pesos a euros.

Mas Informacion:

2 comentarios:

  1. Buen dia Lic. Nolasco,

    Por qué hay tan poca información sobre el impuesto sobre la renta de parte del estado (me refiero sobre todo a su portal en la web) El problema es que uno tiene muchas dudas y nadie parece aclararlas, por ejemplo con la modalidad de declarar el IR-1 por internet, necesito un Contador Público Autorizado?. Y lo siguiente es que mi contador insiste en que no puedo usar mi costo de venta en la declaración (el cual es mayor que la exención!) con lo que resulta que el estado ganará mas que yo en el año! y yo no logro entender eso porque para mi el impuesto sobre la renta es un impuesto sobre los beneficios.

    Muchas gracias por su atención.

    ResponderEliminar
  2. Buenas Tardes, Dux
    Comprendo su inquietud en lo relacionado al tema de referencia. Según su comentario hay varios factores que deben ser analizado u aclarados.
    Agradeceria que se comunique con nosotros atravez de la opcion de contactos, en la parte superior derecha de la web.
    Recuerde que la fecha límite para la presentación y pago de la Declaración Jurada IR-1 es el 31 de Marzo del 2009.

    Saludos.

    ResponderEliminar